DECÁLOGO PEMA: Un Pacto contra los Derechos Humanos

El Pacto Europeo de Migraciones y Asilo (PEMA) aprobado el 10 de abril en el Parlamento Europeo es contrario a los derechos humanos porque incluye:

  1. Fronteras como espacios en los que no aplica la legalidad. Permite crear una ficción de no-entrada según la cual las personas que llegan por vías irregulares a Europa no se consideran en territorio Europeo, a pesar de encontrarse en el territorio. El “procedimiento previo a la entrada” convierte definitivamente las fronteras en limbo legal y normaliza una política de hotspots o puntos calientes, como los ya existentes en Lesbos o Canarias, que fuerzan a las personas que llegan a Europa a ingresar en centros aislados en zonas remotas, en condiciones similares a la detención y sin acceso a la necesaria asistencia jurídica, médica o psicosocial.
  2. Mayor discriminación y menos garantías de acceso al asilo. La aplicación del “Procedimiento en frontera” implica que personas que necesitan y quieren pedir asilo deban hacerlo desde la frontera, en plazos acelerados y con menos garantías legales. Este procedimiento acelerado será obligatorio para nacionales de países con una tasa de reconocimiento baja y se aplicará, incluso, a personas en situación especialmente vulnerable, incluyendo a infancia y familias. Esta medida vulnera el principio de no discriminación y es contraria a la obligación legal de analizar individualmente cada solicitud de protección internacional.
  3. Normalización de las detenciones masivas, incluso de menores. En la práctica, los nuevos procedimientos fronterizos obligan a las personas migradas a permanecer en condiciones de privación de libertad durante un tiempo de hasta seis meses, en espacios fronterizos o zonas de tráfico y sin medidas de protección efectivas. El Pacto promueve detenciones incluso, de familias y niños/as a partir de los 6 años durante largos períodos de tiempo, en dispositivos de detención sin especificar. Estas medidas suponen una evidente vulneración de los derechos humanos y tienen un impacto devastador en la vida y salud de las personas.
  4. Un sistema indiscriminado de expulsiones exprés. El Pacto utiliza los conceptos de “tercer país seguro” y de “país de origen seguro” para denegar solicitudes de protección internacional según nacionalidad, y limitar el acceso a procedimientos de asilo justos. La definición de “tercer país seguro” queda diluida a discreción de cada Estado miembro sin garantías de que las personas sean protegidas, vulnerando así el principio de no devolución. En los casos de denegación, el Pacto activa la “directiva de retorno inmediato”, que permite alargar la detención y acelerar la deportación, incluso de personas en proceso de apelación.
  5. Más presión en los países de llegada a la UE que, como España, asumen ya un mayor esfuerzo de acogida. Lejos de crear un mecanismo de corresponsabilidad entre los 27 estados miembros para la reubicación de personas solicitantes de asilo, el Pacto mantiene la obligatoriedad de pedir asilo sólo en el primer país de llegada y alarga la responsabilidad de éstos estados. Esto obstaculiza la reunificación familiar y agrava la ineficiencia y la desigualdad entre los sistemas de asilo de los distintos estados de la UE.
  6. Un sistema injusto de solidaridad en la carta. En lugar de establecer un sistema obligatorio que permita reubicar a las personas refugiadas en el conjunto del territorio europeo y repartir responsabilidades entre países para cumplir las obligaciones de acogida, el Pacto establece un sistema flexible que permite pagar por no acoger. Así, algunos países podrán evitar sus obligaciones de protección internacional y financiar a cambio, con 20.000 euros por persona rechazada, deportaciones y acciones de control fronterizo, incluso en terceros países.
  7. Vía libre en los países de la UE para saltarse las obligaciones internacionales. Con la aplicación del “Reglamento de Crisis”, el Pacto permite a los estados alegar una situación de “crisis”, “instrumentalización” o “fuerza mayor” para incumplir aún más sus obligaciones de acogida. Aunque no se define qué se entiende por situación de crisis, instrumentalización o fuerza mayor, este mecanismo amplía las derogaciones y excepciones al derecho de asilo, erosiona el ya precario sistema de asilo europeo, y convierte la gestión migratoria en la gran excepción para los derechos humanos.
  8. Mayor criminalización de las personas que migran. El Pacto consolida un enfoque securitario de las políticas migratorias de la UE. Fortalece el papel y los recursos de Frontex como agencia responsable del control fronterizo, persigue a aquellas personas u organizaciones que inciten, según la UE, a entrar en Europa sin autorización y aumenta las penas a personas acusadas de tráfico de seres humanos que a menudo son sólo un miembro más del grupo de personas en migración. Además, el Pacto contempla la posibilidad de reintroducir controles en las fronteras interiores de la UE.
  9. Herramientas digitales para la vigilancia masiva de las personas migradas. Mediante la reforma de EURODAC (la base de datos europea de personas migradas y solicitantes de asilo), el Pacto permite diversificar y aumentar la recogida de datos especialmente sensibles y que deben estar absolutamente protegidos; como datos biométricos de la cara, incluso de niños de seis años. Además, el Pacto permite cruzar esta información con datos policiales, lo que promueve el perfilamiento y discriminación racial.
  10. Evita la aplicación de vías legales y seguras y delega la gestión migratoria en terceros países. El Pacto refuerza la tendencia europea de externalización de las fronteras, lo que implica delegar la gestión de las migraciones a otros países a cambio de beneficios comerciales y acuerdos de cooperación condicionada. La UE y sus miembros pactan con países como Libia, Túnez, Níger o Marruecos a cambio de evitar, cueste lo que cueste, las llegadas a Europa. Por el contrario, la aplicación de vías legales y seguras que posibiliten la migración regular y con garantías es una pieza inexistente en el Pacto, que no incluye ninguna medida para evitar las vulneraciones de derechos y muertes en las rutas migratorias de acceso a Europa, ni para erradicar la violencia institucional en las sus fronteras y una vez dentro.

 

Elaborado por: Organizaciones contra el Pacto Europeo de Migraciones y Asilo